Archivo Epigráfico de Hispania Tardoantigua y Medieval (AEHTAM)

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Generalidades Texto EPIGRAFÍA Y
PALEOGRAFÍA
Ilustraciones Contexto
Arqueológico
Bibliografía
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 OBSERVACIONES EPIGRÁFICAS:    

Diferentes consideraciones sobre la inscripción fundacional de San Juan de Baños.
a) Velázquez – Hernando:
Dada la tradicional y antigua vinculación de San Román de Hornija con Chindasvinto y la familia real visigoda, resulta de gran interés una noticia transmitida en un manuscrito autógrafo de A. Gómez de Castro (ms. B.N. 7896, fol. 366) según la cual se sitúa en la citada localidad vallisoletana una inscripción con idéntico texto al que se registra en ICERV 314 (= IHC 143), de San Juan de Baños, en Baños de Cerrato (Palencia). Esta sorprendente ubicación, que podría responder a un simple error, admite sin embargo otras explicaciones. Habida cuenta de que la evidencia arqueológica desaconseja contemplar el traslado de la inscripción de una localidad a otra, posibilidad sugerida por el hecho de que en los templos de ambas localidades se efectuaron reformas de modo coetáneo, las autoras plantean, en calidad de conjetura, una tercera hipótesis: que Recesvinto hubiese construido en Hornija, junto al monasterio que había fundado su padre, una iglesia bajo la advocación de San Juan Bautista y que la inscripción que conmemoraba tal hecho -que el humanista toledano registra «en un pilar grande»- se hubiese localizado en el curso de las obras de reforma de que da cuenta Ambrosio de Morales. La nota de Gómez de Castro, que data de 1565, es anterior en el tiempo a la primera mención hasta ahora conocida de la inscripción de San Juan Baños, que no es otra que la del propio Morales, fechada en 1577; entre las lecturas de uno y otro, la variante más significativa radica en la lín. 5, donde Gómez de Castro registra tertio por tertii, corrección que fue propuesta por Morales y seguida de modo mayoritario por los editores posteriores.

b) Sánchez Medina cita diversos epígrafes anotados por Gómez de Castro en varios manuscritos, además de los analizados en el trabajo de Velázquez-Hernando (2000); sobre esta inscripción se inclina por una mera confusión por parte del humanista en la mención de las localidades del hallazgo.

c) Caballero Zoreda:
Tras constatar la existencia de tres conjuntos decorativos distintos en la iglesia de San Juan de Baños, considera que los materiales más antiguos, de época visigoda unos y con influencias omeyas otros (entre los que podría encontrarse la inscripción fundacional) fueron expoliados, recortados para su reutilización y retallados para imitar los motivos decorativos característicos de la llamada escultura tardía «visigoda», del siglo IX o incluso del X, momento en que debe fecharse la iglesia. No asegura que la inscripción sea un elemento procedente de expolio, pero abre la posibilidad a esta explicación y obliga a matizar severamente la referencia cronológica en que se había convertido esta inscripción. De proceder de un expolio se explicaría su colocación a más de seis metros de altura y debajo de una ventana -hoy desaparecida-, de modo que era literalmente imposible su lectura.

d)Del Hoyo:
Con motivo de la preparación y próxima publicación del CIL XVIII/2, dedicado a los carmina latina epigraphica Hispaniae, hemos tenido la oportunidad de estudiar el epígrafe métrico de San Juan de Baños (Palencia). En él nos hemos encontrado de nuevo con la forma de expresar la cronología del sexto verso, tan difícil de explicar. Hemos revisado toda la bibliografía anterior y damos ahora un avance muy resumido de lo que será un amplio trabajo monográfico sobre el epígrafe, actualmente en prensa, presentado en la II Reunión Internacional sobre Poesía Epigráfica Latina (Barcelona, 17-19 septiembre de 2004). La inscripción de San Juan de Baños aparece ya en el códice de Azagra (ms. 10.029 de la BN, fol. 69v) junto a versos de Eugenio de Toledo. La lectura del texto es clara y no ofrece dudas, por lo que el comentario se ha de dirigir hacia aspectos métricos, lingüísticos e históricos. Dejando al margen puntos conflictivos como la colocación de la placa en un lugar de escasa visibilidad, su posible traslado desde San Román de Hornija, Valladolid (allí la sitúa A. Gómez de Castro, primero que habla de ella: ms. 7.896 de la BN de Madrid, f. 366r, 1565) o la paleografía, pasamos directamente a comentar el punto más difícil de entender, el de la datación, situado en las dos últimas líneas. En efecto, el autor de estos versos ha jugado con los numerales, utilizando cardinales (sexcentum... nobem), ordinales (nonagesima) y multiplicativos (decies), mezclando además supuestamente dos tipos de cómputo (anno / era). Bücheler, que no vio la piedra ni entendió el texto, para salvar la dificultad de decies propuso el participio degens (CLE 322), opinión que aceptó Ferrua (1981: 43), si bien la lectura decies es clara. Como ya observara F. Fita (BRAH 1902), decies no puede acompañar a sexcentum (interpretación de Rada) porque esto equivaldría a la era seis mil noventa y nueve. Tras un sutil cálculo al que remitimos, considera que esta dedicación a Juan Bautista se haría el domingo 3 de enero del año 652. J. Gil ha dedicado un extenso estudio (1978, 86-92) para probar la autenticidad de la fecha. Haciendo un cambio de puntuación: anno / sexcentum decies -era nonagesima- nobem (1978, 91) avanzó otra interpretación que aparentemente parecía dar con la clave de la redacción y ha sido comúnmente aceptada. La traducción sería: «en el año seiscientos + nueve veces diez» (690); y por si no quedaba claro, se repite el mismo concepto pero con la era hispánica, procedimiento habitual en este tipo de inscripciones en la época: era nonagesima, con elipsis de sexcentesima que según el autor sería redundante por la proximidad de sexcentum. Para J. Gil la notación de la fecha comienza en el v. 5, en anno, con un encabalgamiento similar al de las líneas 3-4. La posible confusión de interpretar todos los numerales correctamente, la habría intentado resolver el redactor combinando los cardinales (anno / sexcentum decies [...] nobem) con un ordinal concertando con era (era nonagesima). La distinción de los dos métodos se habría acentuado por medio de la cesura pentemímera a modo de paréntesis, indicada en este verso también con un signo de interpunción. El resultado sería el siguiente:
anno / sexcentum decies nobem
600 (10 x) (9)
era nonagesima
Es decir, un sintagma incrustado en otro. Con esta interpretación y puntuación, lo que acompaña a era es un ordinal y no un cardinal, hecho que ya extrañó a Navascués y para el que no encontró ninguna solución satisfactoria: «hay 7 epígrafes en los que las unidades están escritas con palabras y siempre están expresadas como cardinales, no como ordinales» (1951, 16). La interpretación de J. Gil parece muy verosímil desde el punto de vista histórico. En efecto, Chindasvinto, que había accedido al trono el 10 de mayo de 642 a una edad muy avanzada (80 años), asoció a su hijo Recesvinto el 20 de enero de 649. Desde este día hasta su muerte, septiembre de 653, fueron correinantes, si bien parece que el peso del reino lo llevó el hijo. De esta forma quedaría justificado el regni comes inclitus; y también las dos fechas. Sin embargo, esta interpretación tiene algún punto oscuro y no puede ser aceptada sin más. Ninguna inscripción medieval hispana es fechada en un sentido cronológico absoluto mediante anno más el numeral correspondiente, quizás porque el método de medición del tiempo de Dionisio el Exiguo (año 525) era conocido y usado en la liturgia para el cálculo de la Pascua cristiana, pero no para la datación absoluta de acontecimientos, ya que en la península siguió usándose la era hispánica hasta el siglo XII. Ello no quiere decir que no se usara an(n)o y anno en ablativo, pero junto al nombre de reyes, pontífices y obispos como sistema de datación relativa (pueden verse numerosos ejemplos en ICERV, pp. 255-256), tanto si se trataba de sistema único de datación, como si funcionaba combinado con el de la era (era DCLII / [ann(o)] feliciter II Sisebuti regis / [---] episcopatu anno I et m.X, ICERV 263, año 614). En una inscripción sepulcral de Arjona (Córdoba), perteneciente al mismo período supuestamente que la de San Juan de Baños, puede leerse en sus dos últimas líneas: rec(e)ssit in pace d. VII id(us) Martia(s), secundo R/eccisvinti regna(n)s c(um) patre pr(in)cipis anno (ICERV 178), que se corresponde con el 9 de marzo del año 650. Por otra parte, conscientes en época visigoda de que se trataba de dos formas distintas de cómputo del tiempo absoluto (año y era hispánica) nunca las hubieran hecho coincidir (690) como pretende Gil, sino que posiblemente hubieran escrito dos cómputos distintos (652 / 690) con dos formas distintas de indicarlas. Por todo ello creemos que la interpretación de Gil en cuanto a anno no es correcta, sino que anno debe ir sintácticamente con el verso quinto. ¿Tendríamos, pues, que suponer que en el verso sexto se introdujeron dos formas de concretar el año -pero dependiendo de era las dos, que era el método que usaban y conocían- una utilizando los cardinales y multiplicativos (sexcentum decies nobem) y otra los ordinales (nonagesima)? Este punto quedaría así explicado a la luz del epígrafe, si no fuera porque en el códice de Azagra en el último verso se ha escrito: sexcentum decies era LX^L VIIIIa, es decir la primera parte desarrollada en letra y la segunda cifrada. Teniendo en cuenta que varias de las inscripciones métricas de esta época insertan en su última línea la fecha en prosa y siempre cifrada (Guarrazar del 693, ICERV 293; o Mérida del 648, ICERV 535), cabe pensar:
a) que ha habido una primera redacción de la cronología absoluta en prosa escrita en cifra (era DC LXL VIIIIa) que se añadió al final de los cinco versos;
b) que el compilador del códice de Azagra ha desarrollado las cifras de la primera parte, y ha creado la palabra decies, que es la que realmente estorba, por contaminación con el DC contiguo y del decm del verso superior.
c) que en un tercer momento se ha trasladado a la piedra (nótese que se trata del único carmen epigraphicum de todo el códice de Azagra) habiendo pasado por una mano poco hábil (en nobem, por ejemplo, tenemos una O breve donde esperaríamos una sílaba larga como comienzo del sexto pie. El desarrollo novena habría sido correcto en un final de hexámetro, y fiel al manuscrito).
Señalemos finalmente que el verso 5, que en el códice es el que más espacio ocupa (39 letras), se ha escrito allí sin abreviaturas, frente al epígrafe, donde en una posible previsión de que el texto no cupiera, se ha abreviado decimum en DECM, suprimiendo tres letras, dos de ellas (MV) que ocupan gran espacio. Todo ello hace pensar en una ejecución del epígrafe posterior a los acontecimientos que relata, donde más de una mano ha intervenido en la confección final de los seis versos.
Comentario de Isabel Velázquez en HEp 10, 404: Considero que su análisis es fundamental y no tengo reparos en aceptar su nueva propuesta, aunque siempre he defendido que la hipótesis de Juan Gil me parecía satisfactoria para resolver la problemática mención de la fecha en la inscripción. De hecho, así lo he manifestado recientemente junto a la Dra. Hernando en el trabajo citado también en esta misma entrada. Debo señalar que los argumentos y el desarrollo del trabajo del Dr. del Hoyo –al cual hemos tenido acceso los participantes en la II Reunión Internacional de Epigrafía, celebrada en Tarragona, podría decirse que casi sólo unas horas antes de cerrar este número de nuestra Revista–, expuestos en dicha reunión de forma brillante, son lo suficientemente importantes como para realizar una nueva reflexión en profundidad, sobre el problema de San Juan de Baños, a la luz de los últimos estudios, incluida la noticia que dábamos a conocer (Velázquez – Hernando 2000) de una inscripción con el mismo texto en San Román de Hornija y que sigo creyendo que no puede resolverse como mero error de ubicación dado por Alvar Gómez de Castro. A las consideraciones de Javier del Hoyo, debo añadir que, por mi parte, en el trabajo que he presentado en esa misma Reunión de Tarragona, relativo al Códice de Azagra y sobre la estructura y contenido del mismo, en el cual hay varios carmina literarios que podrían considerarse compuestos more epigraphico, también he apuntado que, frente a la opinión habitual de que se hubiese grabado la inscripción en primer lugar y después su texto hubiese sido copiado en el Códice, el proceso habría sido al revés, es decir, que primero se habría compuesto el texto e incluido en el Códice (entiéndase en la génesis del mismo y de los cuaterniones más antiguos, no en el Códice mismo como hoy lo conocemos, compilado siglos después -cuestión ésta fundamental que no siempre se distingue bien, según puede observarse en algunos trabajos que últimamente se han servido del estudio de Códices en relación con las inscripciones-), y, después, en unas fechas próximas o más lejanas, incluso ¿por qué no?, siglos después, se hubiese copiado el texto en la piedra. Eso explicaría, sin duda, muchas cosas, así la falta de mención de un lugar concreto, el que esté colocada donde no puede leerse, las diferencias en la forma de citar las fechas entre el Códice y la inscripción, la sorprendente noticia de Gómez de Castro, etc. Datos todos ellos, junto a otros, que habrá que considerar más despacio y en los que ya estamos trabajando.
Permítaseme añadir que trabajos de rigor y sin prejuicios como el llevado a cabo por Javier del Hoyo no sólo aportan novedades interesantes, sino que son acicate para otros muchos. Con independencia de que su hipótesis sea aceptada mayoritariamente -como creo que sucederá-, debemos felicitar al autor por su trabajo y rigor metodológico (HEp 10, 404).
Comentario de Isabel Velázquez en HEp 17, 101: Debo aquí no sólo dar la razón de nuevo a Juan Gil, sino entonar un mea culpa porque no hace mucho intervenía en esta cuestión desde estas mismas páginas de Hispania Epigraphica. El brillante estudio de Javier del Hoyo, que sin duda lo es, presentaba una novedosa interpretación de la famosa inscripción de San Juan de Baños, precisamente en unos momentos en que ya había varios trabajos de controversia sobre la cronología de esta iglesia y sobre la autenticidad de la propia inscripción, a la que en cierta medida un trabajo de M.ª R. Hernando y de quien esto escribe (I. Velázquez – M.ª R. Hernando, 2000) había contribuido, al indicar que en un manuscrito de Alvar Gómez de Castro se decía que tal inscripción se hallaba en San Román de Hornija. No obstante, en mi comentario de HEp 10, 2000, 404, indicaba que la fecha de la inscripción propuesta por Juan Gil, la de 652, debía seguir manteniéndose y no entraba en la cuestión de la conclusión, que nunca he aceptado, de que la inscripción sea posterior del siglo IX o X, cronología propuesta a tenor de otras corrientes historiográficas, que no voy a considerar ahora. Resulta difícil entrar a exponer unos u otros argumentos en un espacio limitado, de modo que me voy a permitir reproducir aquí un pasaje de un trabajo en prensa que saldrá próximamente (I. Velázquez, 2012, e.p.):
Este autor (sc. J. del Hoyo) , en efecto, postula que no hay inscripciones medievales hispanas fechadas mediante anno, que el término decies no se emplea para multiplicar cardinales en los carmina latina epigraphica y que al tratarse de dos tipos de cómputo los visigodos no habrían hecho coincidir la misma cifra, sino que habrían puesto dos distintas, por un lado el año 652 y por otro la era 690, por lo que la fecha hay que entenderla como 699 (= 661), pero uno de los problemas cruciales es que el año 661 no coincide con el tercero del correinado de ambos reyes.

Gil en su artículo que le sirve de réplica responde contundentemente:
1) La palabra que vincula la inscripción al sistema cronológico no es anno, sino era (y, en efecto, esto es así; anno se refiere exclusivamente al año del reinado del rey, por tanto al cómputo interno, no a la cronología de la inscripción).
2) Aunque no hace «enojosa comprobación» de la afirmación de si decies se utiliza o no para multiplicar cardinales, simplemente se «tropieza» con CLE 558.3 bis octo per annos alternando con ter nouenos; uso que, por otra parte, se emplea en la época «de la más alta poesía de la época augustea» y cita para ello Ovidio, Trist. 4, 10, 3-4: Sulmo mihi patria est, gelidis uberrimus undis │ Milis qui nouies distat ab urbe decem, donde los multiplicativos ocupan en el pentámetro de Ovidio el mismo lugar que en el hexámetro de la inscripción.
3) La inscripción no está fechada de dos formas distintas, sino que se refiere al mismo sistema computístico. Para ello señala el autor que quizá un paralelo y pauta sea «la expresión die sexta feria en un tiempo en el que feria se empleaba ya como palabra independiente para designar, unida al ordinal, los días de la semana».
4) Por último, la hipótesis de Javier del Hoyo no corrige tertii en tertio como hacen otros autores antiguos que defendían la fecha de 661 (= era 699), pero si entiende este autor tertii referido a regni ¿con qué hace concertar anno en su interpretación del epígrafe? A estos argumentos de Juan Gil he comentado en el citado trabajo que el paralelo que aporta en relación con la fecha, es decir, la expresión die sexta feria, indicando que feria unida al ordinal ya se comenzaba a utilizar como palabra independiente para indicar el día de la semana, puede compararse de manera indirecta con la forma en que entiendo que debe interpretarse la inscripción de consagración de la catedral de Toledo según la reciente interpretación que he propuesto para la misma (I. Velázquez, 2011): (crux) In nomine D(omi)ni consecra/ta eclesia S(an)c(t)e Marie / in catolico die pr[i]m[o] / idus A[p]rilis anno fe[li]/citer primo regni d(omi)ni / nostri glorios[is]simi Fl(auii) / Reccared[i r]egis era / DCXXV, donde la expresión in catolico se refiere al rito católico, mientras que die primo es el primer día de la semana, es decir, por utilizar la expresión de Juan Gil, la prima feria, el dies dominica (o dies dominicus), que, en efecto, correspondió en aquel año a las idus de abril de la era 625, es decir, al 13 de abril de 587, que fue domingo, día lógico para consagrar la iglesia: «Jcruxj En el nombre del Señor consagrada la iglesia de Santa María en católico, en el domingo (en el día primero), en las idus de abril, en el primer año del feliz reinado de nuestro señor Flavio Recaredo, en la era 625».
Por otra parte sobre los paralelos literarios con respecto al uso de decies para multiplicar ordinales o cardinales, aduce Gil otros ejemplos, entre ellos la expresión en ICERV 536 (684 d.C.): hic decies senos annos et bisque quaternos, indicando que esta construcción es frecuente en Eugenio de Toledo y cita Carm. 14.85: quater denos simul et nouenos… annos y algún ejemplo más. A mi modo de ver, lo más significativo es el mero juego literario de este tipo de expresiones y el hecho de que esta expresión se inserta precisamente en un carmen epigraphicum, en uno más de los que son tan frecuentes en la Hispania visigoda y que, como ya he defendido en otras ocasiones (I. Velázquez, 2006), deben inscribirse no sólo en el marco del hábito epigráfico y propagandístico general, sino en uno aún más específico y concreto que se dio entonces y que tuvo su punto culminante en torno tanto a la actividad edilicia como al protagonismo de viri illustres, muy especialmente de hombres de iglesia, aunque también de hombres de la vida política –recordemos a Oppila (ICERV 287 = HEp 4, 1994, 320)–, y que tuvo su momento culminante, desde mi punto de vista, casi como instrumento de poder áulico propagandístico en la época de Chindasvinto y Recesvinto y en el entorno cultural y literario de Eugenio de Toledo. Una epigrafía que caminaba de la mano de la literatura y que se desarrollaba en ámbitos elitistas y cultos, por eso no es de extrañar su alto nivel (HEp 17, 101).

 OBSERVACIONES PALEOGRÁFICAS:  

Escritura mayúscula visigótica.


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