I. Velázquez (2006) aduce que el hecho de que la inscripción apareciera originariamente en un sepulcro es ya suficiente para decantarse más por un fin funerario. En cuanto a que pueda resultar rara la datación de los epitafios por medio de la mención de los reyes, se demuestra que aunque es más común en las inscripciones edilicias, no es desconocida en las sepulcrales, en las que además se puede encontrar junto a ella la notación de la era, como sucede en ésta. Por otra parte, por extraño que parezca aplicar el término indignus a un difunto, podrÃa considerarse aceptable en aquellos casos en que predomina el interés por manifestar la «humildad» o el sentimiento de «pecador» del mismo, bien por iniciativa de los familiares o amigos bien por deseo del propio difunto a modo de autoinculpación. En este mismo sentido se conocen otros calificativos como penitens o peccator.
No se puede negar, por el contrario, que algunos rasgos de la inscripción apuntan más a las caracterÃsticas propias de la epigrafÃa edilicia, como son el empleo del encabezamiento + in nomine Domini y la ausencia de la notación del dÃa de la muerte. Sin embargo, aunque estos rasgos la relacionan más con la actividad edilicia, no son exclusivos de ésta, puesto que son conocidos también en inscripciones sepulcrales.
El argumento final, que refuerza la consideración del carácter sepulcral de la lápida, se refiere al cargo del difunto, el presbÃtero Bokatus, y las escasas posibilidades que tendrÃa para afrontar un gasto considerable. De hecho, no se conocen donaciones destinadas a construcciones o reparaciones de edificios ni religiosos ni civiles de manos de un presbÃtero; cuando aparece el dedicante se trata de reyes, obispos, abades o personajes acaudalados.
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